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La geografía vinícola española, el I.N.D.O.




Las grandes variedades de suelos y climas de nuestra geografía han generado una extensa gama de vinos, cada uno de ellos con características y personalidades distintas. Estas circunstancias han determinado la necesidad de reglamentar estos vinos con “Denominación de Origen” para protegerlos y regular su producción en todas las fases.
Para que un vino pueda ser amparado por la Denominación de Origen, es necesario que haya sido producido y elaborado en la zona de producción de esa Denominación, cada reglamento de una Denominación establece los tipos de cepas que se pueden cultivar en cada una de ellas, las formas de poda, limites de producción, esto es, que reglamentan el cultivo, la elaboración y crianza de los vinos, para que cuando lleguen a nuestras manos podamos tener las garantías que estas denominaciones exigen.


¿Qué es el I.N.D.O?
El Instituto Nacional de Denominación de Origen, depende de la Dirección General de Política Alimentaría de Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y tiene como cometido orientar, vigilar y coordinar la producción, elaboración y calidad de los Productos amparados por una (D.O.), velar por el prestigio de estas denominaciones y perseguir su empleo indebido, realizar estudios para la mejora de la materia prima y la elaboración de los productos protegidos y vigilar la actuación de los consejos reguladores de cada denominación.
A parte de las (D.O.), que se aplican a productos autóctonos, de características peculiares y referidas a la zona geográfica de la que toma el nombre, se diferencian las Denominaciones Especificas, que se utilizan para aquellos productos cuyas características peculiares no dependen del medio geográfico, sino de la forma de elaboración o de la materia prima, y tenemos también la Denominación Genérica, al igual que la anterior, pero cuando se trata de un grupo de productos (ejemplo, agricultura ecológica).